El documento corresponde a una sentencia absolutoria dictada por el Sexto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago en favor de Maikel Johnson Rosales Farías, acusado por un delito de robo con intimidación ocurrido el 1 de julio de 2020 en la comuna de El Bosque.

Según la acusación, un grupo de sujetos abordó a las víctimas Armando Ladino Curiche y Nancy Ladino Godoy mientras se encontraban en un taxi, intimidándolos para sustraer el vehículo, teléfonos celulares y otras especies. El Ministerio Público sostuvo que el acusado participó junto a otros individuos en el asalto y solicitó una pena de 15 años de presidio.

Durante el juicio, el tribunal dio por acreditado que efectivamente ocurrió un robo con intimidación, pero concluyó que no existía prueba suficiente para establecer, más allá de toda duda razonable, la participación del acusado en los hechos.

La sentencia destacó múltiples contradicciones entre las declaraciones de las víctimas y los funcionarios policiales respecto de la persecución y detención de los sospechosos. Además, el reconocimiento realizado por una de las víctimas fue considerado deficiente e inductivo, ya que se efectuó mostrando a los detenidos dentro de un carro policial, sin ajustarse a las normas del Código Procesal Penal.

El tribunal también valoró que el acusado no fue encontrado con armas ni especies sustraídas y que no existían antecedentes objetivos que permitieran acreditar un acuerdo previo o participación coordinada en el delito. En consecuencia, estimó que subsistía una duda razonable respecto de su intervención.

Finalmente, el tribunal absolvió a Maikel Johnson Rosales Farías del delito de robo con intimidación, manteniendo vigente el principio de presunción de inocencia y aplicando el criterio “in dubio pro reo”.

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